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Se ubica en la provincia del Manu en la región Madre de Dios y fue establecida el 09 de mayo del 2002 mediante el Decreto Supremo Nº 031-2002-AG sobre una extensión de 402 335,62 hectáreas, con el objetivo de proteger las cuencas de los ríos Madre de Dios y Colorado, para asegurar la estabilidad de sus tierras y bosques y mantener la calidad y cantidad de agua, el equilibrio ecológico y un ambiente adecuado para el desarrollo de las comunidades nativas Harakmbut, Yine y Matsigenka ubicadas alrededor del área.(Plan maestro 2008-2012).
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La RCA se encuentra legalmente reconocida y establecida en el Contexto Jurídico del Estado Peruano. Asimismo, el marco normativo por el que se aprueba la creación de la Reserva Comunal Amarakaeri está apoyado por instrumentos legales internacionales sobre derechos de pueblos indígenas y de conservación del medio ambiente y de la diversidad biológica.
La normatividad vigente que regula directa o indirectamente el manejo y la conservación de la RCA y la normatividad en base a la cual se deben proponer regulaciones específicas para el uso de los recursos naturales se citan a continuación:
- Constitución Política del Perú de 1993: El capítulo II: Del Ambiente y los Recursos Naturales, del Título III: Del Régimen Económico, (Art. 67º) (Art. 68º).
- Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva (Decreto Ley Nº 22175), 9 de mayo de 1978. (Art. 7º) (Art. 54º).
- Convenio 169 de la OIT, Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobado en el Perú por Resolución Legislativa Nº 26253, del 2 de diciembre de 1993, ratificado por el poder Ejecutivo el 17 de enero de 1994 y depositado en la OIT (Ginebra) el 2 de febrero de 1994, entrando en vigencia el 2 de enero de 1995 (Art. 13º) (Art. 15º)
- Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura (Decreto Ley Nº 25902), 27 de noviembre de 1992, modificada por la Ley Nº 26822, 10 de junio de 1997 (Art. 3º).
- Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley Nº 26821), 25 de junio de 1997 (Art. 12º)
- Ley de la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica (Ley Nº 26839), 16 de julio de 1997.
- Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611)
- Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Decreto Ley Nº 27308), 16 de julio del 2000.
- Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley Nº 26834), publicada el 04 de julio de 1997 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, publicado el 26 de junio del 2001.
- Decreto Supremo Nº 010-99-AG, 7 de abril de 1999. Estrategia Nacional de Áreas Naturales Protegidas - Plan Director.
- Reglamento de Organización y Funciones del INRENA DS Nº (02-2003-AG) modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG.
- Decreto Supremo Nº 014-2004-AG, aprobado el 19 de abril del 2004. Texto Único de Procedimientos Administrativos del INRENA.
- Decreto Supremo Nº 031-2002-AG, 9 de mayo del año 2002. Creación de la Reserva Comunal Amarakaeri.
- Resolución de Intendencia Nº 019-2005-INRENA-IANP, 2 de junio del 2005, Régimen Especial para la Administración de Reservas Comunales.
- Resolución de Intendencia Nº 017-2006-INRENA-IANP, reconocimiento del Ejecutor de Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri.
- Contrato de Administración suscrito el 18 de diciembre de 2006 entre el Instituto Nacional de Recursos Naturales y el Ejecutor de Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri.
- Ley de creación del SERNANP y Ministerio del Ambiente, Decreto Legislativo Nº 1013.
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